Lima, 09 de Sep del 2010
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CON EL FIN DE ORGANIZAR Y CONDUCIR EL PROCESO ELECTORAL EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL, LA ANR DESIGNÓ UN COMITÉ ELECTORAL EXTERNO

Estará integrado por destacados profesionales en Educación Superior
CON EL FIN DE ORGANIZAR Y CONDUCIR EL PROCESO ELECTORAL EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL, LA ANR DESIGNÓ UN COMITÉ ELECTORAL EXTERNO


ANR. 19-07-10. La Asamblea Nacional de Rectores (ANR), vistas las dificultades originadas en la gobernabilidad institucional en la Universidad Nacional Federico Villarreal (UNFV) acordó en sesión de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria (CCI) y el Pleno de Rectores, realizado el pasado 25 de junio, designar un Comité Electoral Externo conformado por los ingenieros; Francisco Delgado de la Flor Badaracco (ex rector UNALM), Luis Gonzalez Cacho (ex rector UNI), y el doctor Marco Antonio Cabrera Vásquez, profesor principal de la Facultad de Derecho de la UNMSM, cuya responsabilidad será organizar las elecciones en mencionada Casa de Estudios Superiores.

Esta disposición se genera luego de designarse, en noviembre del año pasado, una Comisión Informante que, en su momento, documentó la inexistencia de representación estudiantil en los órganos de gobierno y en el Comité Electoral Universitario; además de la presencia de algunos Decanos no elegidos de conformidad con la Ley Universitaria ni el reglamento de elecciones y la elección irregular de algunas de sus autoridades manteniendo la suspensión del proceso electoral que debía realizarse el pasado mes de mayo.

Asimismo, la Resolución Nº 0625-2010, firmada por el presidente de la ANR, doctor Iván Rodríguez Chávez y publicada en el diario oficial El Peruano, dispone que el rector de la Universidad Nacional Federico Villarreal, encargue, conforme al Estatuto vigente de la Universidad, los Decanatos de las Facultades a los profesores principales más antiguos de cada Facultad hasta el próximo proceso electoral.

El Comité Electoral Externo deberá conducir el proceso electoral que permita conformar la Asamblea Universitaria, Consejo Universitario y los Consejos de Facultad, mediante la elección de representantes docentes y estudiantes. Además de la elección de los Decanos de las respectivas Facultades, en un plazo no mayor de noventa días.   

 
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